Deberán presentarse personalmente el propietario y el conductor del vehículo involucrado.
Presentar factura o carta factura vigente del vehículo.
Presentar identificación oficial.
Si se trata de persona moral, deberá acudir el representante legal, con su testimonio o copia certificada del poder notarial para pleitos y cobranzas, o poder general con cláusula especial para formular querella.
Todos los documentos mencionados deberán ser exhibidos en original y tres copias fotostáticas.
Cuando alguna corporación policíaca, como consecuencia de un hecho de tránsito, haya remitido los vehículos involucrados a corralón, se dará inicio al acta de averiguación previa, una vez que se cuente físicamente con el parte de accidente respectivo.