Si usted está interesado en solicitar la devolución de su vehículo, deberá seguir los siguientes pasos:
Solicitar la devolución, y acreditar su derecho de propiedad, si no lo ha hecho con anterioridad.
Para autorizarse, deberán estar agregados los peritajes en mecánica y hojalatería y el informe de revisión por el perito en tránsito terrestre.
El Ministerio Público fijará la cantidad a depositar por concepto de garantía de reparación del daño, cuando ésta se necesite, en base a los resultados periciales.
Se le asignará un certificado para el depósito respectivo en institución bancaria (Bancomer). Usted deberá acudir al banco y, realizado el depósito, regresar a la Agencia con el acuse del depósito.
Se elaborará y se le entregará el oficio autorizando la devolución.
OBSERVACIONES:
El personal de esta Agencia tiene prohibido recibir cantidades de dinero en efectivo; el trámite de depósito se sujetará a lo antes expresado.
Con el oficio mediante el cual se le autorice la devolución, se presentará ante la autoridad de tránsito correspondiente, para arreglar las cuestiones de multas o infracciones.
Los conceptos por pago de pensión, arrastre, grúa y/o infracciones, son ajenos al trámite en la Agencia del Ministerio Público.
En caso de que usted no esté en posibilidad de depositar la cantidad fijada por el Ministerio Público, podrá esperar a que se obtenga el dictamen en materia de tránsito terrestre que determine la causalidad del hecho, y si en éste usted no resulta responsable del hecho, el Ministerio Público podrá ordenar la liberación de su unidad.