Trámites en la Agencia Especializada en Delitos de Hechos de Tránsito
 
       
 
Trámite para solicitar Devolución de Vehículos
 
     
 

Si usted está interesado en solicitar la devolución de su vehículo, deberá seguir los siguientes pasos:

Solicitar la devolución, y acreditar su derecho de propiedad, si no lo ha hecho con anterioridad.

Para autorizarse, deberán estar agregados los peritajes en mecánica y hojalatería y el informe de revisión por el perito en tránsito terrestre.

El Ministerio Público fijará la cantidad a depositar por concepto de garantía de reparación del daño, cuando ésta se necesite, en base a los resultados periciales.

Se le asignará un certificado para el depósito respectivo en institución bancaria (Bancomer). Usted deberá acudir al banco y, realizado el depósito, regresar a la Agencia con el acuse del depósito.

Se elaborará y se le entregará el oficio autorizando la devolución.

OBSERVACIONES:

El personal de esta Agencia tiene prohibido recibir cantidades de dinero en efectivo; el trámite de depósito se sujetará a lo antes expresado.

Con el oficio mediante el cual se le autorice la devolución, se presentará ante la autoridad de tránsito correspondiente, para arreglar las cuestiones de multas o infracciones.

Los conceptos por pago de pensión, arrastre, grúa y/o infracciones, son ajenos al trámite en la Agencia del Ministerio Público.

En caso de que usted no esté en posibilidad de depositar la cantidad fijada por el Ministerio Público, podrá esperar a que se obtenga el dictamen en materia de tránsito terrestre que determine la causalidad del hecho, y si en éste usted no resulta responsable del hecho, el Ministerio Público podrá ordenar la liberación de su unidad.

 
     
  Nota  
     
 

La integración de la averiguación previa y la elaboración de los peritajes se sujetará a los plazos y términos legales.

Todos los trámites que realizan los servidores públicos de la Procuraduría son totalmente gratuitos, denuncie de inmediato cualquier comportamiento distinto.

No es responsabilidad de la Agencia la omisión de las compañías aseguradores para realizar el depósito de la garantía fijada por el Ministerio Público, ya sea en efectivo o mediante póliza, ni el retraso en la devolución de los vehículos que esto ocasione.

 
     
     
     
 
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