Diseñar y aplicar el procedimiento de selección del personal que aspire a ingresar a cualquier área de la Procuraduría General de Justicia del Estado, emitiendo los dictámenes y opiniones correspondientes;
Definir el modelo de profesionalización, basado en los perfiles de cada cargo y la competencia profesional que se requiere para la función de procuración de justicia;
Diseñar el plan de estudios e implementar, desarrollar y evaluar los programas de formación, capacitación, actualización o especialización, encaminados a lograr la mayor eficiencia de los servidores públicos de la Procuraduría;
Ejecutar, con la participación del Comité respectivo y en los términos establecidos por el Reglamento del propio Instituto, los procedimientos de concurso por oposición de méritos que haya determinado el Comité y los de evaluación que se le soliciten, para ocupar las plazas vacantes o de nueva creación;
Evaluar periódicamente al personal de la Procuraduría, para efectos de identificar las necesidades de capacitación, actualización o especialización y para verificar que se satisfagan requisitos de permanencia y podrá desempeñarlas por sí o en forma coordinada, conjunta o en colaboración con órganos del Gobierno Federal, de las Entidades Federativas, del Distrito Federal o de los Municipios y con entidades o instituciones académicas de enseñanza superior o especializada, sean públicas o privadas;
Colaborar en el diseño y ejecución de los procedimientos para el servicio profesional de carrera;
Proponer al Procurador, la celebración de convenios, bases y cualesquiera otros instrumentos de colaboración, con instituciones académicas, institutos o dependencias del país y del extranjero, para la realización de actividades tendientes a la capacitación, actualización, profesionalización o especialización del personal de la Procuraduría;
Expedir constancias de capacitación, diplomas, títulos, reconocimientos y cualquier otro documento académico que acredite la participación de alumnos y maestros en las actividades del Instituto;
Señalar cuotas de recuperación, colegiaturas y cualquier otro tipo de ingreso económico, por la realización de las actividades académicas que desarrolle, así como recibir donativos para esos fines, con autorización del Procurador;
Tener a su cargo la administración de la Biblioteca de la Procuraduría, tendiendo a la conservación, identificación, clasificación, incremento, divulgación, consulta y préstamo interno, para los fines del servicio, de los materiales bibliográfico, hemerográfico, videográfico y de cualquier otra naturaleza, que formen parte de la misma;
Promover, en la esfera administrativa, lo necesario para la exacta observancia de la ley y el cabal cumplimiento de sus atribuciones que se le confieran en el reglamento y otras disposiciones legales aplicables.
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